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El Estado tiene el deber de proteger a las víctimas de delitos comunes y procurar que los culpables reparen
los daños causados.
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Sistema de Registro de Víctimas por Amenaza
» Se asignará un número a cada caso que ingrese a la
Unidad. Tal numeración se establecerá conforme a los siguientes parámetros:
a. Los primeros dos dígitos corresponderán a la Circunscripción
Judicial de cada uno de los Estados.
b. Las segundas ocho siglas a la Fiscalía Superior, su respectiva
Circunscripción Judicial y la Unidad adscrita, a cargo de la
cual se encuentre el caso.
c. Los terceros cuatro dígitos responden al número
correlativo de caso en la correspondiente Unidad.
d. Los dos dígitos finales se asignan conforme a los dos
últimos números del año de que se trate.
Ejemplo: 02FS-AMC-UAV-0001-01
» Acta Entrevista.
» Atención Especializada.
» Consulta a los Criminalistas adscritos a la Dirección de
Asesoría Técnico Científica e Investigaciones a los fines de la posible ubicación
de los presuntos agresores.
» Intervención de los Técnicos en Planimetría
(retratos hablados).
Servicios que se ofrecen...
» Área Médico Psicosocial (ver más...)
» Refugios (ver más...)
» Protección a las Víctimas (ver más...)
» Jurídico.
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| ¿ Quién es VÍCTIMA ?
Según el artículo 116 del Códido Orgánico Procesal Penal son considerados como víctimas:
1.- La persona directamente ofendida por un delito.
2.- El cónyuge o la persona con quien haya vida marital por más de dos años, hijo o padre adoptivo,
parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad y el heredero, en los delitos cuyo
resultado sea la muerte del ofendido.
3.- Los socios, accionistas o miembros, respecto de los delitos que afectan a una persona jurídica, cometidos por quienes
la dirigen, administran o controlan.
4.- Las asociaciones, fundaciones y otros entes, en los delitos que afecten intereses colectivos o difusos, siempre que el
objeto de la agrupación se vincule directamente con esos intereses y se hayan constituido con anterioridad a la
perpetración del delito.
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